Publicidad

Delincuentes menores de edad

Escucha este artículo

Audio generado con IA de Google

/

Cada vez hay más menores de edad involucrados en hechos delictivos de variada naturaleza: desde pequeños hurtos callejeros hasta homicidios, pasando por tráfico de estupefacientes y secuestros.

La situación no sólo es preocupante porque hace visibles los defectos de nuestra sociedad en la formación de las nuevas generaciones, sino porque en muchos casos las sanciones que reciben son percibidas por la comunidad como una burla a la justicia. Así ocurre, por ejemplo, con muchachos que al ser condenados por homicidio son enviados a centros de rehabilitación, como acaba de ocurrir con un joven de 16 años que asesinó a un conductor de Transmetro en Barranquilla.

El problema radica en la forma como se debe trazar el límite entre quien por tener plena conciencia de lo que hace merece ir a la cárcel por los crímenes cometidos, y quien al carecer de esa capacidad debe ser internado en lugares que le permitan subsanar esa falencia. Frente a la dificultad práctica de hacer un examen psicológico a todos los posibles autores de un delito para decidir si se los procesa como adultos o como menores, la ley penal colombiana fijó un límite de edad (18 años) por debajo del cual se presume que la persona no tiene aptitud de comprender la ilicitud de su comportamiento; como la norma no tiene excepciones, todo aquel que no alcance ese umbral (así sea por pocos días u horas) recibe tratamiento de inmaduro, aun cuando resulte difícil de creer que no esté en condiciones de entender, por ejemplo, que privar de la libertad a alguien en contra de su voluntad o apuñalarlo son conductas delictivas.

Hay, sin embargo, una opción intermedia que se ha probado con éxito en algunos otros países. Consiste en mantener como regla general que quien no ha alcanzado determinada edad está en imposibilidad de distinguir entre actuaciones lícitas e ilícitas, pero incluyendo la facultad de que, frente a casos concretos en los que haya dudas sobre la madurez psicológica del menor involucrado en un delito, se lo pueda someter a exámenes que permitan determinar si su grado de desarrollo mental le permitía o no valorar su acción como antijurídica; si el análisis demostrara que podía hacerlo, debería ser juzgado como adulto y, de ser hallado responsable, sancionado como tal con absoluta independencia de si conforme a las leyes colombianas puede o no ser considerado como un menor de edad.

Esta solución permitiría que sólo fueran tratados como inmaduros y recluidos en centros que les permitieran terminar de desarrollarse psicológicamente, aquellas personas que por su corta edad realmente no tienen la capacidad de distinguir entre una actividad lícita y otra criminal. También se desestimularía a los grupos delincuenciales que para cometer graves delitos recurren con cada vez más frecuencia a muchachos que no han alcanzado la mayoría de edad, con el aliciente de que en caso de ser aprehendidos y condenados sólo irían por poco tiempo a centros de rehabilitación como si fueran simplemente unos jóvenes díscolos. Pero, sobre todo, no debe olvidarse que la creciente delincuencia juvenil hace evidente que el Estado está fallando en la formación de sus nuevas generaciones.

Conoce más

 

Comentarios
Sin comentarios aún. Suscríbete e inicia la conversación

Inscríbete a nuestros newsletters

Lo bueno que es estar informado y de una manera diferente desde tu correo electrónico.

Selecciona los newsletters que quieres recibir
Al inscribirte, aceptas nuestros T y C y nuestra Política de privacidad.
Infórmate rápido