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La Comisión de Acusaciones

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El trabajo de la Comisión de investigación y Acusación de la Cámara de Representantes suele ser muy criticado.

Fundamentalmente se dice que, como sus miembros no deben ser abogados, carecen de los conocimientos necesarios para conducir una indagación penal y que sus decisiones tienen un matiz político.

Creo que las dos cosas son ciertas, pero corresponden a la naturaleza de ese ente. La intervención del Parlamento en investigaciones contra el presidente de la República y otros altos dignatarios tiene sentido en cuanto control político orientado a evitar que se utilice indebidamente la administración de justicia como mecanismo para desplazar de su cargo al jefe de la Rama Ejecutiva o a funcionarios en cuya elección ha tomado parte el Parlamento. Desde ese punto de vista, lo que debe hacer el Congreso es verificar si los resultados de la investigación son lo suficientemente sólidos como para excluir la posibilidad de que se trate de una indebida utilización del derecho penal con fines políticos. Mientras en este último caso debe contar con la posibilidad de impedir que la investigación continúe, en la primera hipótesis tendría que asumir el juzgamiento si se trata de comportamientos indignos pero no delictivos, o permitir que las autoridades judiciales competentes lleven a juicio a quien consideran responsable de la comisión de un hecho punible.

Sin embargo, esa verificación bien podría hacerse después de que la autoridad especializada hubiera efectuado indagaciones tendientes a determinar la posible existencia de un delito y la eventual participación del aforado en el mismo. En términos prácticos, esto supondría que un fiscal sería el encargado de adelantar esas pesquisas, al final de las cuales podría disponer el archivo de la investigación o solicitar la preclusión de la misma si así lo considera. Por el contrario, si a su juicio existiera mérito para realizar una imputación, debería remitir los elementos de convicción al Congreso para que a través de un procedimiento que puede ser similar al hoy existente (con participación de la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes) se realice un control orientado a evitar una manipulación política del sistema penal. Sólo en el evento de que no hubiera dudas sobre la objetividad de la investigación adelantada por la Fiscalía, se le devolvería la actuación a ese ente para que procediera a realizar la imputación ante la Sala Penal de la Corte. Si, por el contrario, se tuviera la convicción de que en su decisión de imputar pesan más consideraciones extrajurídicas que sólidos elementos materiales probatorios, la Fiscalía estaría obligada a archivar la investigación hasta contar con nuevos medios de convicción.

La propuesta consistiría entonces en mantener la intervención del Parlamento en las investigaciones penales contra el presidente de la República y los funcionarios en cuya elección participa, pero asignándole expresamente funciones de control político sobre la actividad de la Fiscalía en esos casos, y únicamente con posterioridad al momento en que esa entidad considere que cuenta con elementos de juicio para formular una imputación.

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