Publicidad

Los presos de Guantánamo

Escucha este artículo

Audio generado con IA de Google

/

Recientes informaciones de prensa dieron cuenta de una solicitud que desde Washington se habría hecho al gobierno colombiano para recibir un número no determinado de personas que hoy permanecen encerradas en la cárcel de Guantánamo.

Las primeras reacciones fueron en el sentido de señalar que la aceptación de esa propuesta agravaría la situación de hacinamiento de nuestras prisiones. Aunque eso es parcialmente cierto, el problema es más complejo.

Ese centro de reclusión es tristemente célebre por albergar prisioneros que no han sido privados de su libertad con base en órdenes judiciales y a los que no se los ha sometido a juicio; están ahí porque desde un punto de vista de seguridad nacional se los considera potencialmente peligrosos y no porque hayan desplegado conductas delictivas. La ubicación geográfica de esta cárcel le permite evadir el control del sistema jurídico norteamericano, facilitando la prolongación irregular e indefinida de la detención de aquellos que han sido recluidos en ese sitio como sospechosos de mantener vínculos con el terrorismo supranacional.

Si bien el anunciando cierre de esa prisión enviaría un mensaje positivo a la comunidad internacional en relación con el respeto a derechos fundamentales como el debido proceso o la presunción de inocencia, los estadounidenses deben resolver antes qué hacer con quienes allí se encuentran recluidos. No se los quiere liberar porque existe el convencimiento de que sus simpatías con organizaciones terroristas los convierten en un peligro para Estados Unidos; pero tampoco se los quiere llevar a tribunales de ese país, porque se tiene el fundado temor de que sean absueltos por no existir sólidos elementos de prueba que permitan condenarlos como autores de algún crimen; eso es lo que explica que hasta ahora no se los haya querido someter a la justicia ordinaria en esa nación.

Si bien la novedosa proposición del gobierno estadounidense luce como una solución intermedia, conviene preguntarse en calidad de qué los recibiríamos. Si son personas que permanecen recluidas sin que hayan sido condenadas por la comisión de algún delito, ¿cómo se va a justificar su ingreso a una prisión colombiana? Si se encuentran aprehendidas a la espera de un juicio, pero no en virtud de una orden emanada de un juez norteamericano sino de una autoridad castrense que actúa al margen de la Convención de Ginebra, ¿qué respaldo jurídico habría para mantenerlos aquí en esas condiciones? Si lo que se pretende no es que los encarcelemos sino que los alberguemos, la pregunta es si se trata de una determinación que los potenciales deportados han tomado libremente o les ha sido impuesta; si es una actuación voluntaria de los afectados, no se entiende por qué no la tramitan ellos directamente. Si es un destino que se les quiere imponer, ¿qué argumentos jurídicos puede esgrimir Colombia para obligar a unas personas a permanecer dentro de nuestras fronteras si en contra de ellas no hay una decisión judicial que les restrinja su libertad individual? Si aceptamos la propuesta, Estados Unidos habrá conseguido terminar con la vergüenza de Guantánamo, que a partir de entonces sería nuestra.

Conoce más

Temas recomendados:

 

Comentarios
Sin comentarios aún. Suscríbete e inicia la conversación

Inscríbete a nuestros newsletters

Lo bueno que es estar informado y de una manera diferente desde tu correo electrónico.

Selecciona los newsletters que quieres recibir
Al inscribirte, aceptas nuestros T y C y nuestra Política de privacidad.
Infórmate rápido