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El principal compromiso del periodismo es con la verdad. El camino que lleva a ella es dispendioso y lleno de obstáculos, y siempre hay un peligro latente de cometer errores de buena fe. Por eso, la libertad de expresión, ese derecho que precede a todos los demás derechos, ofrece un manto protector para aquellos que incomodan con sus investigaciones y afirmaciones a quienes tienen poder. Sin la libertad de ir a contracorriente y explorar nuevas formas de pensar y de entender la realidad, la democracia no tiene sentido y los Estados quedan condenados al estancamiento y el autoritarismo.
Entonces, cada caso en el que alguien con poder intenta, mediante la vía judicial, silenciar a una persona, debe mirarse con lupa. Si bien la libre expresión tiene límites, éstos deben ser claros y mínimos, de tal manera que las reglas de juego estén claras y los estrados no se conviertan en herramientas al servicio de la censura. Eso, lastimosamente, es lo que pretende una tutela interpuesta por Cristina Plazas, directora del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF).
Plazas denunció al periodista Gustavo Guillén, conocido en Twitter como @HELIODOPTERO, por varios mensajes que él publicó en esa red. Lo extraño del asunto es que, más allá de pedir la rectificación, habitual cuando un funcionario considera que un periodista ha mentido y está manchando injustamente su nombre, Plazas solicitó que se ordene el cierre del perfil de Twitter de Guillén. Si la cuenta en la red social es un medio de comunicación —y lo es, con más de 57.000 lectores—, lo que pretende la tutela es silenciarlo por completo. Grave.
Este caso amerita un par de consideraciones.
Primero, la indignación de Plazas es justificada. Son tres los cargos que Guillén lanzó contra la directora que merecen ser cuestionados: que ella se encontraba en estado de embriaguez en La Guajira el 10 de junio de 2015 (Plazas adjuntó un certificado que la ubica en esa misma fecha internada en una clínica); que se hospedó en un hotel de La Guajira que cobra $550.000 la noche (la directora adjuntó un certificado del hotel Taroa para contradecir esto), y que firmó un contrato por $8.000 para La Guajira (Plazas dice que la firma es de la Alcaldía de Manaure). Si en efecto Guillén faltó a la verdad, es imperativo que se retracte. En ese sentido, la ley, la Constitución y la ética periodística le dan la razón a la directora del ICBF.
Sin embargo, el tema del cierre de la cuenta no es tan sencillo. Lo dijo Carolina Botero, directora de la Fundación Karisma: “Cerrar el perfil de Twitter equivaldría a decir que el periodista no puede volver a hablar por unas acciones en particular”.
Todas las medidas que involucren el derecho a la libre expresión de una persona deben ser proporcionales al perjuicio causado y necesarias para la protección de otro derecho. Es decir, es verdad que alguien no puede andar lanzando improperios engañosos, menos si es periodista, pero la persona ofendida, más aún si forma parte del Estado, no puede pedir más que la rectificación. Ir más allá es entrar al peligroso territorio de la censura.
Dijo Plazas, en su cuenta de Twitter, que “nadie puede abusar de (la libre expresión) para matonear, acusar o calumniar sistemáticamente a otra persona”. Es verdad, pero la respuesta no puede nunca ser la mordaza judicial que lleva al silencio. Pedir el cierre de la cuenta del periodista es dejarlo sin el medio que utiliza para expresarse y hacer denuncias (muchas de las cuales, por cierto, no fueron objeto de la tutela de la directora del ICBF). Lo más sano para el país sería retirar esa petición y atenerse a los mecanismos constitucionales que ya existen en Colombia.
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