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Nefasto efecto

La Corte Suprema de Justicia confirmó esta semana la condena que mete en la cárcel (18 meses y 20 días) al internauta Gonzalo Hernán López por un comentario que dejó en un foro de lectores en la plataforma web de El País de Cali, en el que mencionaba, de forma desobligante (es cierto), a la directora de la Federación de Departamentos, Gloria Escalante. Un comentario subido de tono que, como la mayoría de los que inundan las redes de lectores de los portales de los medios, hacía afirmaciones y confrontaba de forma fuerte a la persona de Escalante.

23 de julio de 2014 – 12:04 a. m.

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El debate, pues, está servido sobre la mesa. Un debate sobre lo esencial ha abierto este precedente judicial tan inusitado: qué es lo que puede decir o no una persona acerca de otra. Esa es la cuestión. Harto ya se ha hablado de la injuria y la calumnia, y de cómo estos dos delitos protegen bienes jurídicos importantes para alguien, como lo son la honra y el buen nombre. Nada nuevo. Lo nuevo es ver que un comentario de opinión en un portal de noticias lleve a una persona a la cárcel. Mucho cuidado deben tener los jueces al ponderar la libertad de expresión frente a otros derechos de terceros.

¿Qué dijo el lector el 26 de noviembre de 2008 en la nota “Siguen capturas por ‘cartel de becas’ en Emcali”? Desautorizaba a Escalante y le endilgaba una serie de hechos, como suele hacerse, siempre, en este tipo de foros de discusión. Era insultante y se refería con nombre propio a una persona. Eso.

El fallo usa 37 páginas para reafirmar la condena, apuntalando su argumentación por un lado: que a pesar de que Escalante sí fue sancionada, como lo señala López, no lo fue por los hechos narrados por el internauta. Se equivocó al hacer su sindicación y por eso hoy paga cárcel. ¿No son amplios y laxos los estándares para la opinión frente a los de información? ¿No se ha dicho hasta la saciedad que la opinión, por su entraña, es un poco más libre, tiene más derecho a giros desobligantes?

Cae como anillo al dedo, para esta discusión, un debate que parecía cerrado de tajo: eso de que los personajes públicos que cumplen algún tipo de función en la sociedad tienen restringida su intimidad (hasta el ámbito de lo personal, que es intocable), por ejemplo, o también su buen nombre público, que depende, por supuesto, del cargo y las funciones que estén desempeñando. ¿No tiene la gente derecho a quejarse de alguien que desempeñe una función, como, por ejemplo, de la señora Escalante? ¿Eso es un delito? ¿Y no se la pasan muchas personas comentando a diario en las redes sociales cosas que no son ciertas de los funcionarios públicos? ¿En los mismos foros de los lectores? ¿En este que publicamos debajo del comentario editorial a diario? ¿Prohibirlos? ¿Metemos a todos a la cárcel? No cabrán. Resulta difícil regular ese mundo que se esconde muchas veces en el anonimato y en el que se intercambian insultos de todo tipo. Y resulta difícil, por supuesto, porque un foro de discusión en el que se destaquen los argumentos, que son los menos, hace muy valioso el espacio. Justifica su existencia.

Por supuesto, esto genera un efecto perverso, como siempre que el debate público pasa de la discusión a los estrados judiciales: de la opinión al miedo. Y claro que esperaríamos una sociedad en la que predomine la discusión de altura. Pero no es cerrando estos espacios como puede lograrse. El debate sobre lo que se puede decir no puede empezar por la prohibición.

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