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La Corte Constitucional acaba de tumbar, con razón, una norma del Código de Procedimiento Penal según la cual una persona capturada o acusada de un delito más de una vez, en un lapso de tres años, podía ser considerada, por esa sola razón, como un peligro para la sociedad y ser privada de la libertad. Aunque se trataba de una medida popular en la Fiscalía y entre los ciudadanos, no deja de ser populista, arbitraria y equivocada a la hora de combatir la reincidencia criminal.
La Corte se pronunció a raíz de una demanda contra una norma que redujo las restricciones para ordenar medida de aseguramiento a un detenido y establecía que la sola existencia de una captura previa ya lo convertía en un sujeto peligroso. La Corte tumbó ese artículo con el argumento de que violaba la presunción de inocencia de la persona que es capturada por segunda vez y su derecho a ser juzgada por el acto que se le imputa.
Ante el grave problema de inseguridad ciudadana y por iniciativa del entonces alcalde de Bogotá, Enrique Peñalosa, el Congreso de la República aprobó la medida en 2017 para combatir las altas tasas de reincidencia criminal en el país. El resultado fue otro desafortunado ejemplo de populismo punitivo que buscaba aumentar el número de detenciones a costa de los derechos de los capturados. Como lo explicó Yesid Reyes en su columna de El Espectador, “la detención preventiva no se trata de castigar una conducta indebida (para eso es la pena, cuando se produzca una condena), debe ser utilizada con mucha precaución y de manera excepcional”.
Por supuesto que la reincidencia criminal no es un problema menor, que además causa zozobra e indignación entre la población, pero la detención previa no es una solución mágica, ni puede usarse como una sanción anticipada ni un reemplazo de la condena. Abusar de su uso es arbitrario contradice la Constitución y nos sale muy caro a todos los colombianos. Como le explicó a este diario el abogado y exfiscal Fabio Humar, la prisión preventiva “es una mala práctica que atenta contra los derechos de las personas, pero, sobre todo, contra las finanzas públicas. La Fiscalía pagó, entre 2011 y 2018, $1 billón por demandas estatales sobre privaciones injustas de la libertad”.
Además, como sucede con los cantos de sirenas, la discusión sobre la prisión preventiva desvía la atención del verdadero problema: la incapacidad del sistema de impartir justicia. En Colombia, la Fiscalía pierde cerca del 55 % de los casos que llegan a juicio, y el 30 % de la población carcelaria está privada de la libertad sin una condena de por medio. Ningún sistema judicial es viable con cifras como esas. Cuando el ente acusador no es capaz de llevar a buen puerto los casos y lograr que los delincuentes sean condenados, no es de extrañar que la reincidencia y la impunidad abunden.
Si Colombia quiere evitar que las personas que cometen delitos vuelvan a hacerlo, debería enfocarse en tener un sistema judicial eficaz e implementar políticas públicas de resocialización. Usar la detención preventiva como castigo sustituto es un canto a la bandera que, en últimas, no enfrenta el problema de raíz.
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