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Entraña calvinista

«Mi propósito es que la ley sirva de instrumento para que el cordero y el lobo, fuera de toda moral, vivan en paz y asuman un proyecto común». Juan Calvino «Las Instituciones»

30 de diciembre de 2011 – 05:00 p. m.

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DÉCADAS ATRÁS, ALFONSO LÓPEZ Michelsen escribió La estirpe calvinista de nuestras instituciones, muy de la mano de La ética protestante y el espíritu del capitalismo, de Max Weber, y Fernando Rey Martínez, profesor de derecho constitucional, hizo un estudio que tituló La ética protestante y el espíritu del constitucionalismo. Pero el objeto de las reflexiones de estos autores no coincide con lo que pretendo describir a lo largo de estas líneas. Lo que hicieron esos tratadistas, apuntalados en la autoridad de sus plumas y plumajes, fue interpretar la historia económica y política del país en función del origen protestante de instituciones tales como la separación de poderes, el régimen presidencialista, el sufragio universal y la soberanía popular. La impronta del dogma calvinista en el proceso penal, por sustracción de materia, no podía haber sido de su interés. La razón: en el momento de escribir esos libros, la legislación penal del país obedecía a los principios del sistema inquisitivo, cuyas fuentes remotas son la patrística y las doctrinas aristotélicas y tomistas.

Hoy, en cambio, con la expedición de la Ley 906 de 2004, sí es evidente la influencia calvinista en el proceso penal vigente. A partir de ese momento puede advertirse que a los colombianos se les viene sustituyendo su ética católica por la ética calvinista. Tres efectos básicos, desde 2005, ha producido el modelo de investigación y juzgamiento que se trasplantó al país: se ha desacralizado la ley, se ha instrumentalizado la normatividad penal y se ha dinamizado el derecho.

Sobre estos tres pilares se apoya la nueva relación ética de los colombianos con la ley punitiva. Por efecto de la función que cumple el primero de ellos se ha cambiado el ciclo moral católico por el ciclo moral calvinista. El castigo carcelario, en el nuevo sistema, no es consecuencia necesaria de la comisión de un delito. Quien incurre en una infracción penal, sólo por excepción expía su pena en la cárcel.

Del principio de afirmación de la libertad, consagrado en el artículo 295 del Código de Procedimiento Penal, se desprende que la regla es que el imputado, el acusado y el condenado, según el caso, invoquen la aplicación de los acuerdos, los preacuerdos, la detención domiciliaria y los restantes mecanismos sustitutivos de la pena de prisión.

En esta nueva era judicial el acto de contrición por el agravio causado no tiene sentido hacerlo ante Dios. Para el dios calvinista, el hecho de hacer buenas o malas acciones a lo largo del paso por la Tierra no determina la perdición o la salvación del alma. El fin último de todos y cada uno de los hombres está predestinado. Desde los días primeros de la humanidad, Dios tiene anotados en su libreta de carnicería a quienes habrán de entrar al Paraíso.

Ahora, por obra de la ética protestante, se impone ser pragmáticos. El acto de arrepentimiento por el daño infringido y el restablecimiento del derecho conculcado, deben hacerse ante la víctima del delito. El error, obvio, se paga. Pero no en la cárcel, como lo tenía establecido la ética católica, motor del sistema penal inquisitivo, sino en metálico, como lo señala con naturalidad la ética calvinista. Con ese fin la ley procedimental tiene prevista una serie de disposiciones que reglamentan la justicia restaurativa.

Esta evidente desacralización de la norma jurídica conduce a su instrumentalización. El hecho de vaciar la ley penal de cualquier contenido trascendente produce un cambio correlativo en su naturaleza y en sus finalidades. De ser un imperativo ético, como la ha concebido desde siempre el dogma católico, la norma jurídica se sitúa en la vía de convertirse en un imperativo técnico. Lo ético, a juicio de los calvinistas, debe sucumbir frente a lo útil. Lo que importa es utilizar la ley como instrumento para resolver por consenso los arbitrios entre el lobo y el cordero, y para lograr la reparación de los daños ocasionados por el infractor a la víctima. Al Estado, desde el punto de vista presupuestal, no le resulta rentable sostener en prisión, por años, a quien ha violado la ley. Al ofendido directo, a su vez, se le hace más conveniente a sus intereses la reparación económica inmediata del daño que el internamiento en prisión de su ofensor.

En la práctica, la desacralización y la instrumentalización de la ley penal vienen dando cuerpo a la visión dinámica de la disciplina penal, ajena a rigideces lógicas y conceptuales, que desde el siglo XVII, y a contracorriente de la visión estática o conservadora del iusnaturalismo católico, han impulsado a través del sistema penal acusatorio los seguidores del reformador ginebrino. Y es ese derecho de lavar y planchar, importado hace pocos años al país, el que viene produciendo un acentuado rechazo en algunas capas de la población colombiana. Mucha gente no acepta que a la ley penal la estén bajando de su pedestal de lo sagrado y lo inmutable. Les suena raro y se les hace inaceptable que no se la considere un imperativo ético y que se la esté utilizando como un imperativo técnico. No les gusta tampoco que el derecho esté dejando atrás su contextura hermética y estática, y que cada día se advierta que está adquiriendo la capacidad de acomodamiento de la plastilina.

Las pruebas de este repudio están al canto. Cada vez que un fiscal decide aplicar el principio de oportunidad, sellar un acuerdo con el imputado o pedir la sustitución de una detención preventiva, los ciudadanos, en coro con los periodistas, se escandalizan y lanzan juicios temerarios orientados a poner en tela de juicio la rectitud del funcionario que se ha atrevido a tomarse en serio los procedimientos y principios del sistema penal de tendencia acusatoria. Actitud semejante se observa cuando un juez absuelve a alguien o le sustituye la pena de prisión por otra de estirpe menos rigurosa. Unos chillan y otros patalean. Y eso da la impresión de que a los colombianos les está doliendo en lo más hondo la sustitución de su ética católica por la ética calvinista. Quizás esa mudanza del alma, procedimiento jurídico-quirúrgico al que están siendo sometidos nuestros conciudadanos, sea para ellos algo insufrible.

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