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¿Derecho a la intimidad o descaro?

Antieditorial
27 de marzo de 2016 – 09:00 p. m.

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De entrada aplaudo los 129 años de historia de El Espectador.

Por Fernando A. Carrillo Virguez

Un periódico extraordinariamente libertario, resistente como ninguno otro a los avatares más extremos de la nación y que, además, les ha sabido abrir espacios de una valía inconmensurable a sus lectores “con vena de auténticos columnistas” más vehementes. Ahora bien, de cara a la médula sobre la que se expande el editorial, con absoluta certeza me sustraigo de algunos de sus apartes. Sí, la libertad de expresión debe ser canalizada y valorada y calificada en su justa medida, restringiéndola de ser absolutamente necesario para evitar desmanes e impulsos que puedan dañar la integridad de otros. Y, sí, la Corte Constitucional, denostada como nunca en estos tiempos, ha procurado ser lo más garante posible de las libertades (más que de los derechos a mi modo ver) de los ciudadanos. Con posturas que, rayanas en la complicidad (y alcahuetería) muchas veces, exceden su loable —presuntamente— intención de otorgar libertades a diestra y siniestra. Posiciones frente a demandas como la adopción entre parejas homoparentales, la dosis mínima, la tauromaquia y demás (y, ni hablar de lo repulsiva que resultó su sentencia avalando rebajas a pederastas), merecen mi respeto, pero también mi firme disentimiento en varios de sus renglones. Pero en fin, auscultando el caso concreto de la señora que desesperada hace evidente en redes sociales la obligación que por tres millones le adeuda una “amiga” (con esos amigos, para qué enemigos) en modo alguno me parece una actitud reprochable de parte de la angustiada dama, necesitada, afectada y víctima además de la sinvergüencería de otra, que abusando de su confianza, no le pagó, le incumplió y tras del hecho, se le oculta con “sevicia”.

¿Qué tipo de perfiles ciudadanos está protegiendo la Corte Constitucional aupada en su bandera de un supuesto blindaje al derecho a la intimidad?, me pregunto compungido.

¿Quién no ha sido víctima, abusado en su confianza y masacrado en su bolsillo, por parte de “amigos” a quienes extendió su generosidad y le pagaron con indiferencia, gran descaro y tras del hecho, desapareciendo para luego, incluso, fungir de víctimas, luego de ser victimarios rasos e irrebatibles?

Yo lo he sido, por lo menos.

Y apelé a cuanta instancia y herramienta tuve a mi alcance para desenmascarar y evidenciar a quienes amigos supuestamente se portaron como viles cacos. Burlando, abusando y liquidando además con gran, gran cinismo, la sacra confianza que había depositado en ellos. Llevándome su reprochable ardid incluso a ser blanco de un proceso judicial, por aparecer como fiador dentro de una obligación inmobiliaria; todo por solidarizarme y confiar en la apremiante necesidad ajena. Pagada con mentiras, huidas y una sinvergüencería de marca mayor.

Según entiendo, la señora, accionada (qué ironía) en la sentencia de la Corte, vivió una situación similar y no ahorró esfuerzos en evidenciar la infamia de su deudora. Quien hoy, con risa sardónica, muy probablemente esté disfrutando el amparo extendido por el alto tribunal.

El derecho a la intimidad debe ser amparado, por supuesto; pero los mínimos y las premisas que lo configuran no deben extenderse indiscriminadamente. Los supuestos de hecho y “de jure” en cuanto a este derecho atañe, deberían sujetarse “con pinzas y guantes seda”, para no correr el riesgo de proteger con él conductas social e incluso penalmente reprochables. El derecho a la intimidad es (o debería de ser) muy relativo cuando se trata de funcionarios públicos, y conductas privadas incluso, por supuesto, que arañen y puedan escalar a tipificaciones de orden penal. Ojo con eso.

¿Habrá la Corte “premiado” la desfachatez de algunos que habitúan huirles a sus obligaciones?

@ferjedy

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