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Quiero precisar la información contenida en la columna del señor Alberto Donadio publicada por El Espectador, ya que hago parte de la terna de candidatos que aspiran al cargo de defensor del pueblo.

1. Hace 20 años el requerimiento que el señor Donadio presentó a la Procuraduría, en el sentido de expedir copias de expedientes de procesos en curso por presunto enriquecimiento ilícito de senadores y representantes a la Cámara, fue respondido en forma no favorable. Las razones:

a. Me desempeñé como jefe de la Oficina de Investigaciones Especiales de la Procuraduría entre marzo de 1991 y diciembre de 1992, durante la administración del procurador Carlos Gustavo Arrieta Padilla. Para esta época, regía la Ley 4ª de 1990, por la cual se reorganiza la Procuraduría.

b. De acuerdo con el artículo 5º , el jefe de la Oficina de Investigaciones estaba facultado para adelantar las indagaciones preliminares por hechos relacionados con presunto enriquecimiento ilícito de servidores públicos.

c. Por mandato expreso de esta normativa, los funcionarios de la Oficina tenían facultades de policía judicial y sus actuaciones y el valor probatorio de las mismas se regían por las normas del Código de Procedimiento Penal.

d. El artículo 343 de dicho Código señalaba que las diligencias de indagación preliminar eran reservadas, salvo para el defensor del servidor público presuntamente implicado en los hechos, legalmente posesionado, y cuando se le hubiera recibido versión libre al imputado.

e. En desarrollo de estos mandatos legales, la Oficina de Investigaciones realizó cerca de 800 indagaciones por corrupción administrativa contra altos funcionarios del Estado y en cumplimiento de la norma mantenía en reserva las indagaciones, para garantizar los derechos al debido proceso y a la defensa de los implicados.

f. El señor Donadio solicitó en su momento copias de los expedientes en curso. En estricto cumplimiento de la normativa en cuestión, su solicitud fue respondida en forma no favorable.

2. Respecto a mi supuesta vinculación a un gobierno extranjero, me permito aclarar que ocupé el cargo de coordinadora del Área de Fortalecimiento del Estado del Programa de Derechos Humanos de la Agencia de Estados Unidos para el Desarrollo Internacional, Usaid, operado por MSD Colombia Ltda., del 1º de septiembre de 2006 al 30 de diciembre de 2011. Mi vinculación laboral fue con la empresa operadora de los recursos de cooperación de Usaid, MSD, y desde allí lideré la asistencia técnica del Programa de Derechos Humanos orientada al desarrollo de las políticas institucionales en materia de prevención y protección de los derechos humanos y la lucha contra la impunidad para la Fiscalía, la Defensoría y la Procuraduría. Por consiguiente, no soy ni fui funcionaria de la Embajada de los Estados Unidos.

Olga Lucía Gaitán. Bogotá.

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