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Derechos laborales en el mundo digital

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Soy empresario, no del mundo digital, sino del sector servicios; tenía una plantilla de nómina de cerca de 1.000 trabajadores en misión y 20 de planta administrativa. Tras la reactivación, escasamente llego a los 300 trabajadores en misión y solo a 10 administrativos. Todos estos trabajadores están debidamente formalizados.

El párrafo anterior lo escribo con el fin de dejar claro que mi posición no es casual, sino desde el punto de vista de un empresario de uno de los sectores reales de la economía colombiana.

En el caso específico de las oportunidades laborales que ofrece el mundo digital, se debe observar que al ser modelos disruptivos no se pueden tratar con los elementos tradicionales de la legislación laboral actual, entre otras cosas, porque es una legislación dura para los empresarios y tiende a ser blanda para los trabajadores. Con la intención de equilibrar las cargas de lo que se supone es la parte más débil de la relación laboral, se ha llegado a extremos en los cuales ya se puede evidenciar que la parte débil de la relación es el empresario, sobre todo aquellos que son considerados mipymes, en donde se evidencia que cuando los legisladores toman decisiones lo hacen pensando solo en la relación que existe entre el trabajador y las grandes empresas, que si bien son los más grandes generadores de empleo, solo ocupan el 10 % del mercado empresarial del país.

En ese sentido, es absolutamente necesario entrar a revisar la legislación laboral con una visión disruptiva. La tecnología llegó para quedarse y las relaciones entre empresarios y trabajadores por la ley natural se van a transformar de una manera dramática.

Me parece que no es precisa la afirmación de que existe una relación de subordinación entre las plataformas como Uber, Rappi, etc., y las personas que brindan el servicio. No lo es, porque estas personas no tienen que cumplir horarios de trabajo fijos; no lo es porque ellos son libres de prestar o no el servicio; no lo es porque la relación no necesariamente es prestada de manera personal (he conocido a muchas personas en estas dos plataformas que, con su nombre, tienen trabajando a familiares o amigos, simplemente porque ellos tienen el medio de transporte, vehículo, moto, bicicleta, etc.), y en ese orden de ideas también se rompe cualquier tipo de relación laboral.

Sí estoy de acuerdo, y para ello ya existe legislación, con que estas personas formalicen su situación en el sistema de seguridad social, pero como personas independientes, y que sean las plataformas las que adquieran el compromiso de descontar de los pagos que les hacen a estas personas el valor correspondiente a salud y a pensión. Estaría de acuerdo en que fueran las plataformas las que aportaran a las ARL como para tener cubierto el riesgo de accidentes en el desarrollo de la labor, especialmente para estas personas que desarrollan la labor en la calle.

Pero, definitivamente, el diálogo social de la relación laboral en nuestra realidad actual se tiene que transformar, querámoslo o no.

Juan Mesa

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