Publicidad

Gravar las pensiones

Escucha este artículo

Audio generado con IA de Google

/

Respeto el concepto del profesor Rodrigo Uprimny sobre la constitucionalidad del gravamen a las pensiones, pero no lo comparto. Pretender comparar los ingresos pensionales con los laborales sería tanto como compararlos con los ingresos financieros. Según el artículo 48 de la Constitución: “Sin perjuicio de los descuentos, deducciones y embargos a pensiones ordenados de acuerdo con la ley, por ningún motivo podrá dejarse de pagar, congelarse o reducirse el valor de la mesada de las pensiones reconocidas conforme a derecho. (…) En materia pensional se respetarán todos los derechos adquiridos”. Con claridad, el Legislador dice que, salvo en algunos casos particulares, no puede reducirse el valor de la mesada pensional, cosa que ocurriría al establecerse un impuesto a las pensiones. El argumento de que una pensión es alta o de que las pensiones son gravadas en muchos países no tiene validez. Además, como lo señala el artículo 48, debe respetarse el derecho adquirido. Cita el profesor Uprimny el numeral 9º del artículo 95 de la Constitución: “Son deberes de la persona y del ciudadano contribuir al financiamiento de los gastos e inversiones del Estado dentro de conceptos de justicia y equidad”, y añade que todas las personas, incluidos los pensionados, tenemos el deber de contribuir. Olvida tal vez que los pensionados pagamos IVA, predial, rodamiento y otras contribuciones para el financiamiento de los gastos e inversiones del Estado. Pero quizá lo más importante es lo establecido en los artículos 13 y 46 de la Constitución, cuando dicen: “El Estado protegerá especialmente a aquellas personas que por su condición económica, física o mental se encuentren en circunstancia de debilidad manifiesta” y “El Estado, la sociedad y la familia concurrirán para la protección y la asistencia de las personas de la tercera edad y promoverán su integración a la vida activa y comunitaria”. El criterio de que una pensión de $10 millones es una “megapensión”, como ya lo había pretendido el presidente Duque cuando trató de gravar las pensiones, se centra en un monto arbitrario y desconoce que quienes hemos obtenido una pensión somos personas de la tercera edad, que con el correr de los años vamos sufriendo el deterioro natural producido por la vejez. Hablar de un impuesto equitativo a las pensiones, desconociendo los gastos que son propios del adulto mayor, tales como medicina prepagada, drogas de alto costo, acompañantes, caminadores y sillas de ruedas, sitios apropiados para vivir, etc., gastos que se van incrementando con el paso de los años, se centra en presentar un monto gravable independientemente de la edad del pensionado y de los innumerables gastos que trae consigo la vejez. Se ignora el hecho de que los pensionados tenemos un descuento alto por salud y que con el correr del tiempo nuestras pensiones han sufrido el deterioro ocasionado porque su reajuste anual se hace con el IPC y no con el incremento del salario mínimo.

Diego López Arango. Bogotá.

Envíe sus cartas a lector@elespectador.com

Conoce más

Temas recomendados:

 

Comentarios
Sin comentarios aún. Suscríbete e inicia la conversación

Inscríbete a nuestros newsletters

Lo bueno que es estar informado y de una manera diferente desde tu correo electrónico.

Selecciona los newsletters que quieres recibir
Al inscribirte, aceptas nuestros T y C y nuestra Política de privacidad.
Infórmate rápido