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La Registraduría Nacional del Estado Civil aclaró que el Calendario Electoral contempla que a partir de este jueves 4 de agosto permite la propaganda electoral a través de los medios de comunicación.
La resolución firmada por el registrador Nacional del Estado Civil, Carlos Ariel Sánchez, establece que el inicio de la propaganda se realizará dentro de los 60 días hábiles anteriores a la fecha de la elección.
Así mismo se aclara que la modificación de inscripciones de que trata el artículo 31 inciso tercero de la Ley 1475 se refiere a todos los candidatos.
Entre las fechas que fueron ajustadas se encuentra el reemplazo de candidatos a Alcalde que estaba fijada para el miércoles 26 de octubre y ahora será el martes 18 de octubre.Así mismo se fija el domingo 30 de octubre la fecha para el inicio del escrutinio, el cual según el texto de la Reforma Política debe realizarse una vez termine el proceso de votación.
La normativa de la Registraduría también contempla que los partidos y movimientos políticos y grupos significativos de ciudadanos, que hayan inscrito candidatos y los promotores del voto en blanco, tendrán derecho a espacios gratuitos en los medios de comunicación social que hacen uso del espectro.