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Arrancó periodo de inscripción de candidatos para las elecciones presidenciales

El periodo de inscripción de candidatos se llevará a cabo hasta el 11 de marzo del 2022.

Votación para Consejos Municipales y locales de juventudes 2021.
La primera vuelta de las elecciones presidenciales se llevará a cabo el próximo 29 de mayo.
Foto: Óscar Pérez

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En cuatro meses, el próximo 29 de mayo, los colombianos votarán la primera vuelta presidencial. Si ese día no hay una decisión, regresarán a las urnas el 19 de junio para decidir la persona que reemplazará al presidente Iván Duque. Por tal motivo, el calendario electoral de las presidenciales avanza con la apertura de inscripciones de candidatos desde el pasado 29 de enero hasta el próximo 11 de marzo.

En ese lapso, la Registraduría Nacional recibirá la inscripción de las candidaturas a ocupar la Presidencia y la Vicepresidencia. El trámite se hará de manera presencial, en la sede central de la entidad, y los candidatos o sus gerentes de campaña deberán agendar una cita para llevar a cabo la formalización de la inscripción. El agendamiento se debe realizar únicamente a través del correo electrónico dcperez@registraduria.gov.co, y se debe enviar una con copia a dirgeselectoral@registraduria.gov.co.

Los únicos funcionarios que tienen autorización y competencia para recibir, verificar y aceptar la candidatura que se quiera apuntar oficialmente al partidor presidencial son el registrador nacional o el registrador delegado en lo Electoral, quienes deberán verificar que cumpla con todos los requisitos formales y legales.

Vale recordar que las candidaturas podrán ser inscritas por partidos y movimientos políticos con personería jurídica, coaliciones, grupos significativos de ciudadanos, movimientos sociales y comités promotores del voto en blanco. Algunos documentos y requisitos que se deben reunir para la inscripción son el certificado de la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, una fotocopia de la cédula ampliada al 150 % y dos fotografías a color tamaño 3×4, con fondo claro y en medio magnético.

En el caso de los partidos o movimientos políticos que tienen personería jurídica, tienen que presentar el aval otorgado por el representante legal o por quien él delegue de manera expresa. Para los grupos significativos de ciudadanos o movimientos sociales se deben certificar los apoyos ciudadanos que respalden las candidaturas o adjuntar la certificación de la acreditación del número de firmas presentadas ante la Registraduría. Y en cuanto a las coaliciones, se deberán presentar el o los avales del partido o movimiento que respaldaron su aspiración.

Para conocer más detalles sobre los requisitos de formalización de la inscripción de candidaturas los interesados podrán consultar el Sistema Integral de Capacitación Electoral disponible en el siguiente enlace.

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