Publicidad

Distribuidores de combustibles no estarían llevando a cabo corrección volumétrica

Esa posible irregularidad les costaría a los colombianos $8.2 billones.

13 de abril de 2012 – 10:04 a. m.

Escucha este artículo

Audio generado con IA de Google

/

Las empresas mayoristas de distribución de gasolina podrían estar obligadas a regresarle al Estado colombiano $8.2 billones, para que este a su vez refleje dicho ingreso en el costo del combustible.

Actualmente, todas las compañías que distribuyen combustibles están sometidas a una acción popular que fue admitida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, por orden del Consejo de Estado, para explicar una posible irregularidad en el cobro por galón de gasolina y Acpm.

El abogado Juan Pablo Valbuena explicó que en Colombia todas las ventas de combustibles que realiza Ecopetrol se hacen a temperaturas superiores a 15.5°C, por lo que se aparenta un mayor volumen cuando en realidad es menos. Por ese motivo, “Ecopetrol consiente de este fenómeno y conforme a las normas internacionales, aplica la corrección volumétrica y es así como entrega a los distribuidores mayoristas todos los productos corregidos por temperatura”, señaló.

Según él, por cada 10.000 galones que entrega Ecopetrol físicamente a los mayoristas, factura 9.700 aproximadamente, y cuando los mayoristas comercializan dichos combustibles no aplican la corrección que aplicó Ecopetrol, lo que se traduce en una mayor facturación por parte del distribuidor mayorista, “incrementando así sus ingresos sin ningún soporte legal, peor aún por estos volúmenes adicionales que facturan no cancelan impuestos y en vez de tributar al Estado como corresponde y como lo hacemos todos los Colombianos, aumentan sus ganancias”.

El Consejo de Estado admitió la acción popular por considerar que ella reúne los requisitos de ley. Valbuena señaló que “se busca proteger los derechos e intereses colectivos de los usuarios y consumidores a la moralidad administrativa y al patrimonio público contemplados en los literales B, E, y N, del artículo 4 de la ley 472 de 1.998”.

Demanda busca abaratar gasolina

Esta semana El Espectador reveló que cansados de los constantes incrementos en el precio de la gasolina, los consumidores optaron por su propia fórmula. Se trata de una acción popular que busca que los distribuidores mayoristas de combustibles le devuelvan a los colombianos $8,2 billones que supuestamente han recaudado de manera ilegal, al no aplicarse la misma medición volumétrica que usa Ecopetrol cuando determina que se presentó evaporación del combustible que les vende.

A manera de ejemplo, el abogado Gáiner Rafael Catalán Batista —quien instauró la acción popular, que finalmente fue aceptada por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca— explicó que debido a la temperatura y volatilidad de la gasolina, el envío de 10.000 galones del combustible no llega completo al cliente, sino que se produce una pérdida por evaporación de 300 galones, razón por la cual Ecopetrol realiza un ajuste volumétrico y les descuenta estos 300 galones en la factura final.

No ocurre lo mismo cuando el vendedor es el distribuidor mayorista y envía el combustible al minorista sin aplicar la corrección volumétrica por evaporación, lo que supuestamente se genera una mayor facturación, que de reinyectarse al sistema podría incidir en la reducción del precio de la gasolina al consumidor final.

De acuerdo con la magistrada Diana Puentes Tobón, la demanda fue aceptada por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca para “proteger los derechos e intereses colectivos de los usuarios y consumidores, a la moralidad administrativa y al patrimonio público contemplados en la ley”. La demanda, que había sido rechazada dos veces por el Tribunal, fue aceptada tras una orden del Consejo de Estado.

“Estas grandes empresas siguen operando y obteniendo adicionales y no contempladas en las estructuras de precios de los combustibles, sin que hasta el momento ningún funcionario del alto gobierno, aun conociendo plenamente el tema, se pronuncie tomando correctivos inmediatos”, explicó Catalán.

El Tribunal Administrativo notificó de la aceptación del proceso al ministro de Minas y Energía, al director de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), a los representantes legales de los distribuidores mayoristas Chevron Petroleum Company, Organización Terpel S. A., Prodian, S. A., Petrobrás, Colombia Combustibles, S. A., Distribuidora de Combustible Wayuu Limitada, Zapara y Velásquez, S. A., Zeuss Petroleum S. A., C.I, Corporación Petrolera S. A., C.I . S. A., Comercializadora Proxxon S. A., Procesadora de Minerales Ltda., Exxonmobil de Colombia S. A., Biocombustibles S.A., Brío de Colombia S. A., C.I. Petrocomercial S.A.
 

Conoce más

 

Comentarios
Sin comentarios aún. Suscríbete e inicia la conversación

Inscríbete a nuestros newsletters

Lo bueno que es estar informado y de una manera diferente desde tu correo electrónico.

Selecciona los newsletters que quieres recibir
Al inscribirte, aceptas nuestros T y C y nuestra Política de privacidad.
Infórmate rápido