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CNE pedirá al nuevo Congreso modificar la Ley de Encuestas tras reconocer sus restricciones

El Consejo Nacional Electoral reconoció ante representantes de firmas encuestadoras las restricciones que ha planteado la Ley de Encuestas para el ejercicio de estas casas encuestadoras. El tribunal electoral planteará cambios ante el nuevo Congreso.

Este martes, los magistrados del Consejo Nacional instalaron ocho subcomisiones para consolidar la votación de los consulados.
Los magistrados del Consejo Nacional Electoral.
Foto: Archivo Particular

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Este viernes 8 de mayo, en medio de un encuentro entre firmas encuestadoras y magistrados del Consejo Nacional Electoral (CNE), los representantes del tribunal electoral anunciaron que plantearán ante el Congreso una modificación a la Ley 2494 de 2025 que regula la producción de encuestas en Colombia.

En medio del diálogo, Álvaro Mauricio Montenegro, quien hace parte de la Comisión Técnica y de Vigilancia de Encuestas sobre Opinión Pública y Electoral, admitió que la nueva ley de encuestas es muy estricta. Por eso, desde el tribunal electoral plantean un diálogo con las encuestadoras para construir un borrador de proyecto para presentarlo ante el Congreso para modelar la ley para que no sea “tan estricta, pero que tampoco se vuelvan sondeos”.

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“En algunos casos es restrictiva, y hay nuevos modelos de sondeo más modernos. Ya estamos trabajando en un documento para proponerle al legislativo un cambio en la Ley”, añadió el comisionado Montenegro.

El articulado para reformar la Ley sería presentado por parte del CNE al nuevo Congreso después de su instalación el próximo 20 de julio. Esto ocurre tras la decisión de la la empresa española GAD3 de no realizar encuestas electorales en Colombia, a menos de un mes de la primera vuelta presidencial.

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De acuerdo con la compañía, que hace una semana publicó una de sus mediciones, decidieron retirarse de este proceso debido a una “exigencia metodológica inviable” derivada de la Ley 2494, que cambió las reglas de juego para este tipo de ejercicios en medio de las campañas.

En el mismo comunicado, la empresa encuestadora aseguró que dicha comisión, por ejemplo, solo considera válidas las encuestas domiciliarias presenciales, un punto que ya habían debatido otras firmas del mismo sector. Para la compañía española, existe evidencia empírica que demuestra que, en contextos como el colombiano, particularmente con coyunturas de inseguridad, los ciudadanos responden con mayor libertad a entrevistas telefónicas.

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“La interpretación que la Comisión Técnica está realizando de la Ley 2494 de 2025 sobre encuestas electorales se basa en una premisa teórica que ninguna metodología demoscópica puede satisfacer en la práctica: ‘demostrar que cualquier ciudadano tuvo una probabilidad cierta y cuantificable de ser seleccionado para el estudio’. Es una exigencia imposible de garantizar en investigaciones con seres humanos, y más aún cuando se trata de analizar decisiones libres como la intención de voto”, señaló GAD3.

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