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El Gobierno Nacional respondió este viernes a la solicitud que hizo el procurador Alejandro Ordóñez Maldonado de restringir manifestaciones de afecto en los colegios, a través de los manuales de convivencia. (Lea: Manuales de convivencia pueden restringir manifestaciones de afecto entre estudiantes, según el Procurador)
Al conocer de la petición forma de Ordóñez a la Corte Constitucional, la ministra de Educación, Gina Parody, sugirió que el procurador no tiene dentro de sus funciones referirse a estos temas.
“Yo creo que los funcionarios públicos tenemos que hacer lo que nos permite la ley…no estoy segura de que eso sea parte de las funciones constitucionales atribuidas al procurador”, manifestó en Blu Radio.
Señaló que desconoce si Ordóñez hace parte activa del proceso de tutela en el caso de Sergio Urrego, el joven que se suicidó luego de un caso de discriminación en el colegio por su condición sexual.
Por eso insistió en que “no estoy segura que sea la competencia constitucional del procurador” hacer referencia a temas de convivencia escolar. (Escuche a la ministra)
En el concepto del Procurador enviado a la Corte pide que se deje en firme la facultad de los manuales de convivencia de los colegios que restringen las manifestaciones «excesivas» de afecto, como besos y abrazos, entre los alumnos.
En el documento, el procurador General, Alejandro Ordóñez Maldonado pide que se debe dejar intacta la posibilidad que tienen dichos manuales en cada colegio que establecen los límites entre el estudiantado frente a estas muestras de afecto. De presentarse una falta se establecerán las medidas correccionales necesarias.
En este sentido se indica que se desde el colegio se crean las bases para el futuro. “Pretende formar a los estudiantes en virtudes propias de un ciudadano, como la moderación y el recato”. Para el Procurador General se deben dejar en firme los lineamientos por parte de los colegios.
“No puede perderse de vista que el colegio es el espacio común donde sujetos de especial protección constitucional -niños, jóvenes y adolescentes- desarrollan buena parte de su vida y conviven mutuamente. De donde resulta que una falta como la prevista no puede catalogarse como discriminatoria”, indica.