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Iglesia emprende cruzada contra pastillas abortivas

Anclado en estudios médicos e interpretaciones jurídicas, la iglesia se opone al uso de este medicamento, que a comienzos de octubre se incluyó en el Pos.

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Luego de que a comienzos de octubre la Comisión de Regulación en Salud (CRES) aprobara incluir en los planes de salud el Misoprostol – un inductor del parto que ayuda a expulsar el contenido uterino en cualquier etapa del embarazo- hoy la Iglesia mostró las cartas de su última cruzada en contra del uso de este medicamento, anclada en su no rotundo al aborto, inclusive en los tres casos permitidos por la Corte Constitucional: violación, malformación del feto y peligro de muerte de la madre.

El proceso de inclusión del Misopostrol en el POS se reanudó tras la sentencia de la Corte Constitucional que conminó al procurador Alejandro Ordóñez a rectificar sus afirmaciones contra la despenalización del aborto en tres casos específicos. Desde entonces, la pelea que perdió Ordóñez en el alto tribunal la retomó la iglesia.

Con argumentos similares a los de Ordóñez -más apegados a la interpretación de estudios y jurisprudencia, que a justificaciones bíblicas- el secretario de la Conferencia Episcopal, José Daniel Falla, dio en la tarde de hoy una rueda de prensa con dos escuderos claves: el abogado Andrés Forero y la nueva directora del Departamento para la Promoción y Defensa de la Vida del Episcopado, la médica Danelia Cardona.

El argumento jurídico es, según el abogado Forero, que las actuaciones administrativas de las autoridades sanitarias al incluir en el POS el misoprostol se fundamentan en la reglamentación de una sentencia que se encuentra suspendida por el Consejo de Estado. Y que esta suspensión afecta a todas las normas que quieran reproducir las mismas disposiciones suspendidas. Por esta razón, el pasado 25 de octubre, un grupo de ciudadanos ha solicitado ante el Consejo de Estado la suspensión de los efectos de las autorizaciones sanitarias que hizo el Invima sobre el misoprostol. 

Además, la iglesia sostiene que existen actas del Invima, de la Sala Especializada de Medicamentos y productos biológicos de la Comisión Revisora, que expresan su oposición al uso del misprostol en la expulsión de fetos vivos. “Para el principio activo misoprostol han sido aceptadas únicamente las indicaciones de interrupción del embarazo con feto muerto y retenido y el tratamiento del aborto incompleto. Las indicaciones de inducción del parto con feto vivo, hemorragia postparto, no se aceptan por cuanto no existe evidencia científica suficiente de su utilidad en las mismas.”, citan el acta 37 de 2009 del Invima.

La perspectiva médica la dio la doctora y férrea opositora al aborto, Danelia Cardona, quien señaló que el uso del misoprostol no garantiza la expulsión del embrión en su totalidad a partir de la octava semana. “En esos casos, la mujer en una situación de riesgo, exponiéndola al desarrollo de infecciones ginecológicas que podrían terminar incluso en la extracción de su útero. Se han descrito también, casos de ruptura uterina y otras complicaciones severas cuando se utiliza este medicamento como abortivo en el segundo y tercer trimestre del embarazo”, dijo Cardona.

Sin embargo, hay algo que no tiene en cuenta esta argumentación y es que la CRES fue clara en decir que el uso del misoprostol tiene usos exclusivos, bajo estricta formulación, control y seguimiento médico, en tres casos específicos: para favorecer la evacuación uterina con el fin de interrumpir voluntariamente el embarazo en los tres casos despenalizados por la Corte; para completar procesos de expulsión en casos de muerte del feto, y cuando se requiera la extracción de residuos de abortos incompletos, en las primeras semanas del embarazo.

De acuerdo con Boris Pinto, médico magister en Bioética, y analista del portal www. Razonpublica.com, “la inclusión del misoprostol en el POS no implica restringir su uso a una práctica deliberada del aborto, ni promover su venta libre y sin controles técnicos. Las mismas recomendaciones que deben exigirse para cualquier medicamento que requiera prescripción médica, son aplicables al uso del misoprostol (…) Negar las diversas indicaciones de un medicamento, equivale a negar el derecho de las pacientes al acceso a sus beneficios en diversos escenarios, que trascienden el señalamiento incorrecto del misoprostol como ‘la píldora del aborto’”.

La historia del misoprostol

Su primera indicación fue prevenir la úlcera gástrica, sobre todo las úlceras inducidas por el consumo de medicamentos antiinflamatorios (como el Ibuprofeno y Diclofenaco) y el tratamiento de la úlcera duodenal.

Después, a partir de los años noventa, se comprobaron otros alcances terapéuticos de este medicamento, al descubrirse en diversos estudios las posibilidades del misoprostol en el campo de la salud sexual y reproductiva, particularmente por sus propiedades para aumentar el tono del músculo liso del útero y facilitar la maduración del cuello uterino.

Actualmente, la Organización mundial de la Salud ha recomendado el uso del misoprostol en tres diferentes escenarios en salud sexual y reproductiva: el aborto retenido espontáneo (cuando debido a diversas causas, como infecciones y problemas congénitos el feto no logra desarrollarse y muere y es necesario que estos restos sean evacuados para evitar infecciones), la inducción del trabajo de parto, y la interrupción temprana del embarazo, en el caso colombiano, reglamentado en la sentencia de la Corte Constitucional, C-355 de 2006, para tres circunstancias excepcionales: violación, malformación del feto, y peligro de muerte de la madre.

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