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Los principales cambios al Código Electoral para su discusión en plenaria

El senador Armando Benedetti radicó este martes la ponencia para el debate en plenarias de la reforma electoral. Los cambios frente al texto aprobado en comisiones van encaminadas a las objeciones presentadas por Germán Vargas Lleras.

09 de diciembre de 2020 – 02:26 p. m.
Este martes se radicó la ponencia con la que se discutirá la reforma del código electoral en las plenarias de la Cámara y el Senado.
Este martes se radicó la ponencia con la que se discutirá la reforma del código electoral en las plenarias de la Cámara y el Senado.

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La columna dominical de Germán Vargas Lleras se ha convertido en una hoja de ruta para los miembros de su partido y en un espacio de debate de los temas políticos que se están moviendo tanto en el Ejecutivo como en Legislativo. Una de sus últimos textos se trató sobre la reforma electoral, a la que llegó a catalogar desde el título como una “adefesio”.

Además de criticar la forma cómo se estaba tramitado el proyecto, el exvicepresidente llamó la atención sobre las facultades extraordinarias que se le entregaban al presidente Iván Duque y al registrador para reformar la Registraduría del Estado Civil. Vargas Lleras también criticó la supuesta eliminación de la carrera administrativa al establecer la posibilidad de la libre remoción por desconfianza, la creación de delegados regionales como forma de crear más contratos para aceitar el paso de la reforma en el Congreso, el gasto desmedido al imprimir tarjetones en distintas lenguas y hasta la velada posibilidad del voto desde los 14 años.

Al parecer, la columna del líder natural de Cambio Radical tuvo bastante receptividad en los ponentes de la iniciativa. Esto se puede afirmar ya que muchos de los aspectos criticados por Germán Vargas Lleras fueron retirados de la ponencia que fue radicada este martes para discusión en las plenarias de Senado y Cámara.

El principal punto retirado fue el de las facultades extraordinarias para presidencia y registrador. Este punto que fue aprobado en las comisiones primeras de cada corporación le daba la posibilidad al primer mandatario de tener poderes por 6 meses para “modificar la estructura de la Registraduría y el Consejo Nacional Electoral, su régimen de funciones y competencias y establecer su planta de personal”.

Asimismo, se retiró del articulado final el punto en el que se declaraba de libre remoción por pérdida de confianza los cargos de registrador distrital de Bogotá, registradores departamentales, registradores especiales, municipales y auxiliares del Estado Civil. El artículo señalaba que el resto de cargos aún se mantenían bajo la carrera administrativa. Sin embargo, este punto no prosperó ante las críticas de que la libre remoción era garantía de clientelismo y de que se pusieran los intereses políticos sobre las capacidades de los que ocuparan estos cargos.

También se eliminó la creación del cargo de delegados seccionales en registro civil e identificación y en lo electoral. Estas nuevas plazas habían sido criticadas por Vargas Lleras por supuestamente ser nuevos cargos reservados para favores políticos y aceitar la aprobación de esta reforma.

Otro capítulo que fue retirado hace referencia a los tarjetones en las lenguas autóctonas. Según el proyecto aprobado en los primeros debates, el Estado debía garantizar “el acceso al sufragio en su propia lengua a las comunidades étnicas”. Para Vargas Lleras, esta propuesta era “loable pero impracticable”.

El exvicepresidente también había dado comentarios en contra del voto a domicilio, aprobado para las personas que estaban en situación de discapacidad. Lo que llama la atención es que en el nuevo texto también se eliminó este punto. De esta forma, para los que están en esta condición solo tendrán puestos de votación con fácil acceso, más no podrán votar desde sus casas.

Asimismo, en la nueva versión del proyecto se deja claro que los menores de 18 años solo podrán votar en los siguientes procesos electorales: Consejo Nacional de Juventud, los Consejos Departamentales de Juventud y a los Consejos Distritales, Municipales y Locales de Juventud. En el texto aprobado inicialmente daba para malo entendidos, dado que decía que “también tendrán derecho a ejercer el sufragio los jóvenes entre 14 y 17 años, de acuerdo con la normatividad especial que regule sus procesos electorales”. Aunque, en el texto que inmediatamente lo seguía se explicaba cuáles eran los procesos electorales, la antigua redacción se prestaba para confusiones.

Además de las observaciones hechas por Germán Vargas Lleras, la nueva ponencia introduce otros elementos como sistemas biométricos para verificar al elector. También se incluyó un artículo en el que se establece como función del Consejo Nacional Electoral (CNE) “promover una cultura de la no violencia en el marco del ejercicio de los derechos políticos de las mujeres”. De igual manera, se le otorga poder sancionatorio al CNE en caso de que se presenten conductas violentas contra el ejercicio político de las mujeres.

De una manera similar, se le dicta al Consejo Nacional Electoral que ejerza “inspección, control y vigilancia en tiempo real sobre el cumplimiento de las reglas de publicidad y propaganda electoral”. Esta tarea tendrá que ser desarrollada específicamente por los tribunales de vigilancia y garantías electorales. Además, se incluyeron varias regulaciones y restricciones a las encuestadoras. Entre ellas, se quitó el artículo que las habilitaba hacer sondeos hasta 48 horas antes de una justa electoral y se volvió a presentar el límite de una semana.

Por otro lado, se eliminó el apartado en el que se establece que la información producida y administrada por la Registraduría es de carácter reservado de defensa y seguridad nacional. También se quitó el artículo que hablaba de la creación de un comité de seguimiento y vigilancia electrónica del proceso electoral. Este iba a ser conformado por un delegado de cada partido y asociación civil relacionada con temas de seguridad informática, y su misión era realizar seguimiento y vigilancia del software para el proceso electoral.

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