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No se privilegiará a homosexuales en adopción de menores: Gobierno

El ministro del Interior, Juan Fernando Cristo, dijo que deben cumplir los mismos requisitos y procedimientos legales que todos los ciudadanos.

05 de noviembre de 2015 – 10:40 a. m.

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El Gobierno Nacional hizo algunas precisiones sobre el proceso de adopción de menores de edad por parte de parejas del mismo sexo. (Lea: Corte Constitucional da vía libre a la adopción por parte de parejas del mismo sexo)

En medio de los ecos que ha dejado el sonado fallo de la Corte Constitucional, el ministro del Interior, Juan Fernando Cristo, dijo que los homosexuales que quieran adoptar “deben cumplir los mismos requisitos y procedimientos legales” que los demás ciudadanos. (Lea: Defensores de comunidad LGBTI en Congreso celebran decisión sobre adopción)

Esta decisión no está privilegiando a ningún sector de la sociedad frente a otro sino que se está garantizando los derechos a todos”, aseguró.

Frente al fallo, el ministro dijo que “seguimos avanzado en el reconocimiento de derechos de todos los colombianos y en la igualdad efectiva y real en la sociedad colombiana”.

A partir del fallo las parejas del mismo sexo podrán adoptar y criar hijos para construir sus hogares en las mismas condiciones que los heterosexuales”, sostuvo. (Escuche al ministro)

Defendió además que hay evidencias científicas que muestran que “no hay ninguna diferencia en la educación de un niño cuando se hace con parejas del mismo sexo o heterosexuales porque lo importante es el afecto, el amor y el cariño”.

El martes en la noche la presidenta (e) de la Corte Constitucional, María Victoria Calle, dijo que “la Sala Plena resaltó que, según la Constitución, los tratados internacionales sobre derechos humanos, la jurisprudencia internacional y la orientación sexual de una persona o su sexo, no son por sí mismo indicadores de falta de idoneidad, moral, física o mental para adoptar«.

Para la Corte, «impedir que un niño tenga una familia fundándose únicamente en la orientación sexual de una persona o una pareja representa una restricción inaceptable de los derechos a los niños, y es contrario a su interés superior, protegido por la Constitución«.  

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