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La plenaria del Senado aprobó en segundo debate el proyecto que pretende ratificar el tratado firmado entre Colombia y China en materia de traslado de personas condenadas. Es decir, cada país o los privados a la libertad pueden solicitar traslado de un lugar a otro para terminar de pagar las penas.
Es decir, colombianos condenados en China podrán terminar de pagar las sentencias por las que fueron encarcelados en su país de origen. Se estima que serían 830 connacionales los beneficiados con este tratado y cinco ciudadanos chinos que puede pedir su traslado.
Además de ser nacional del país a ser trasladado, también se debe cumplir estas condiciones: que la comisión del delito sea una conducta sentenciable en ambas naciones; que la condena esté ejecutoriada y sin posibilidad de interponer un recurso adicional; y que no haya pendientes en el proceso.
Tanto Colombia como China, así como los condenados, pueden ser los solicitantes de un traslado, el cual debe ser aceptado por las partes. Para el cambio de reclusión de un país a otro, se debe certificar las condiciones físicas y mentales de la persona condenada, copia de la sentencia, el tiempo que se ha cumplido la sentencia y lo que resta.
El compromiso es que el país receptor tendrá que velar para que el condenado termine de cumplir su sentencia y, una vez suceda esto, se debe notificar al país donde se originó la sentencia en principio. Igualmente, habrá una información fluida en caso de que haya muerto o escapado el trasladado.
Desde 2015, Colombia y China tuvieron acercamientos para cerrar dicho tratado para tener un mecanismo expedito que permita el traslado sin muchas trabas. Este se logró solo hasta cuatro años después. Los responsables del cumplimiento de este tratado son los ministerios de justiciada de cada uno de los países.