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La Corte Constitucional adoptó este martes decisiones que, de cumplirse, permitirían inyectar más de $2 billones al sistema de salud colombiano, golpeado en los últimos años por la escasez de recursos. A través de un auto de casi 40 páginas, el alto tribunal ordenó al Ministerio de Salud y al Ministerio de Hacienda saldar las deudas relacionadas con los presupuestos máximos, un mecanismo fundamental para cubrir los procedimientos y medicamentos de los pacientes con las enfermedades más costosas del sistema, como las llamadas “raras”. Ahora, la gran pregunta en el sector es de dónde saldrán los recursos, especialmente en un panorama marcado por los recortes presupuestales anunciados por el Gobierno.
Es la tercera vez que el alto tribunal se pronuncia frente a este tema, y en esta ocasión, decide abrir un incidente de desacato contra el ministro de salud, Guillermo Alfonso Jaramillo, como principal responsable de la cartera, por no atender los llamados y cumplir las órdenes ya impartidas en el pasado.
El alto tribunal ordena tres cosas de gran calado. En primer lugar, el Ministerio de Salud debe crear una metodología unificada para la definición y reajuste de los presupuestos máximos antes del 31 de enero. Esta metodología se utiliza al inicio de cada año para estimar los recursos necesarios para los presupuestos máximos. Sin embargo, en los últimos años, los fondos presupuestados han resultado insuficientes, lo que ha obligado al Minsalud a realizar ajustes posteriores.
Precisamente, y en segundo lugar, la Corte le da 48 horas al Ministerio de Salud para pagar lo que debe. En plata blanca, eso incluye $819.000 millones que el Estado debe del año 2022. Ese dinero corresponde a los ajustes que el ministerio tuvo que añadir a esa vigencia cuando los recursos originalmente presupuestados no fueron suficientes. Además, el Estado debe los recursos correspondientes a los últimos tres meses de 2024. Si se calcula que el giro de presupuestos máximos asciende a aproximadamente a $500.000 millones mensuales, Minsalud debe pagar en los próximos días cerca de $2,3 billones que entrarán al sistema.
Jorge Enrique Gutiérrez, director de Gestarsalud, el gremio de las EPS del régimen subsidiado, resalta algo clave: “Es de gran importancia haber involucrado al Ministerio de Hacienda, ya que no es un problema particular del sector salud, sino que tiene que ver mucho con la disposición de recursos que se hace desde el Minhacienda. Por lo tanto, eso da muchísima más claridad de lo importante de este proceso de financiación del sistema de seguridad social”, le dijo a este diario.
Se refiere a que en el auto, la Corte Constitucional le ordena al Ministerio de Hacienda disponer de los recursos para que el Minsalud pueda hacer los respectivos pagos. “Esperamos que a partir de estos pronunciamientos, los recursos entren en la dinámica normal ordenada por la Corte”, resalta el dirigente de las EPS.
Finalmente, y en tercer lugar, en el auto se le ordena al Ministerio de Salud normalizar y efectuar los pagos posteriores de presupuestos máximos en los primeros 15 días de cada mes. Incluso, el pago de los meses de enero y febrero deberá efectuarse dentro de los 10 últimos días del mes de febrero.
“Este es el último llamado, y el Ministerio de Salud tiene que entender las consecuencias de no obedecerlo. Confiamos plenamente en el buen juicio del ministro de Salud, que es el único responsable de que esto se cumpla”, nos dijo Ana María Vesga, directora de Acemi, el gremio de las EPS del régimen contributivo. Estos recursos no son para las EPS, añade Vesga, “porque hoy el giro directo ya está implementado en más del 80% del sistema. Estos recursos van a entrar directamente a los prestadores y proveedores de salud”. Hay que recordar que el giro directo es un mecanismo mediante el cual los recursos destinados al pago de los servicios de salud no pasan por las EPS, sino que se transfieren directamente a los prestadores y proveedores de salud, como los hospitales y clínicas
Algunas organizaciones de pacientes también celebraron la medida adoptada por la Corte. Denis Silva, vocero de Pacientes Colombia, movimiento que agrupa a 199 organizaciones de pacientes en todo el país, manifestó: “La determinación de la Corte envía un mensaje claro: el derecho a la salud debe ser prioritario y no puede estar condicionado por limitaciones presupuestales. Esperamos que el Ministerio de Salud adopte las medidas necesarias para garantizar el cumplimiento de las órdenes judiciales y asegurar que los ciudadanos reciban la atención que merecen sin obstáculos financieros. Una vez el Gobierno cumpla con su parte, los agentes del sistema no tendrán justificación para incumplir su deber hacia los pacientes”.
Para entender la decisión, liderada por el magistrado José Fernando Reyes Cuartas, encargado de proponer y redactar el auto, es importante considerar algunos antecedentes clave. En primer lugar, en el auto 109 de 2021, la Corte ordenó, de manera clara, que la Adres (el llamado “banco” de la salud) debía garantizar que los recursos transferidos a las EPS por los conceptos de UPC y presupuestos máximos fueran suficientes para cubrir adecuadamente el Plan de Beneficios en Salud.
En 2023, dos años después de emitir su primera orden, la Corte revisó por primera vez si se estaba garantizando la suficiencia de los presupuestos máximos y concluyó, a través del auto 2881, que existía un “nivel de cumplimiento bajo”. El alto tribunal identificó fallas críticas en tres aspectos clave: la metodología para calcular los recursos, es decir, cómo se estiman las necesidades financieras reales de los presupuestos máximos; la falta de ajustes adecuados en los valores asignados; y los retrasos en los desembolsos, que afectan tanto la atención a los pacientes como la estabilidad financiera de las EPS. Ante esto, la Corte ordenó de nuevo al Ministerio de Salud corregir estas deficiencias de manera urgente.
En el auto más reciente, conocido este martes, la Corte realizó entonces su tercera revisión para evaluar si se habían corregido las falencias señaladas desde 2021. En esta ocasión, la Sala escuchó los argumentos de diversos actores del sistema de salud, incluyendo al Ministerio de Salud, gremios de EPS como Acemi y entidades particulares como Sura. Tras escuchar y analizar las medidas informadas e implementadas por el Ministerio de Salud, el alto tribunal concluyó que persiste un “incumplimiento general” en el cumplimiento de sus órdenes y abrió un incidente de desacato contra el ministro de salud, Guillermo Alfonso Jaramillo.
Si bien Jaramillo es ministro desde 2023, la Corte abre incidente de desacato contra él por ser el encargado de cumplir con el mandato como rector de la política pública en salud del país. El propósito del incidente de desacato, más allá de imponer una sanción, “es lograr el cumplimiento efectivo de la orden de tutela pendiente de ser ejecutada”, se puede leer en al auto. Además de las sanciones propias del incidente de desacato, el Decreto 2591 de 1991 determina que quien incumpla el fallo de tutela, según sea el caso, “incurrirá en fraude a resolución judicial, prevaricato por omisión o en las sanciones penales a que hubiere lugar”, de manera que otra de las herramientas con que se cuenta para lograr el cumplimiento, es en la compulsa de copias a las entidades competentes para que realicen las investigaciones penales o disciplinarias a que haya lugar, dice la Corte.
Ahora, el auto de la Corte señala múltiples razones para declarar el incumplimiento, pero en esencia, destaca que los presupuestos de 2024 siguieron definiéndose para periodos cortos, con actos administrativos individuales (las resoluciones) y pagos tardíos, incluso por meses ya concluidos. Además, evidenció la desfinanciación del mecanismo, pues los recursos presupuestados no cubren los presupuestos máximos del segundo semestre de 2024. Esto refleja, para el alto tribunal, un retroceso e incumplimiento de las órdenes previas, que exigían garantizar los fondos necesarios para los servicios y tecnologías en salud.
La gran pregunta ahora es: ¿de dónde saldrán los recursos? Aunque el Ministerio de Salud ha prometido en varias ocasiones que cumplirá con los pagos pendientes, los antecedentes no son alentadores. Por ejemplo, respecto a las deudas de 2022, este año se aprobó un Confis que autorizaba el uso de $819.667 millones con cargo al servicio de la deuda del Presupuesto General de la Nación de 2024. Sin embargo, el Ministerio de Hacienda no realizó la transferencia de estos recursos.
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